Finiquito

El proceso de finiquito: plazos, ratificación y qué firmar

Actualizado: julio de 2026 · suel2
En breve: El finiquito cierra la relación laboral y detalla los pagos pendientes. El empleador debe ponerlo a disposición dentro de 10 días hábiles del término. Para tener pleno valor (poder liberatorio) debe ratificarse ante un ministro de fe: notario, Inspección del Trabajo o el sindicato.

Qué es el finiquito

Es el acuerdo escrito que pone fin al contrato y deja constancia de los montos pagados al término: remuneraciones, vacaciones e indemnizaciones si corresponden.

Plazos

El empleador debe otorgar y poner a disposición el finiquito dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación. El pago puede pactarse al contado o en cuotas.

Ratificación y poder liberatorio

Para que tenga pleno valor liberatorio, debe firmarse y ratificarse ante un ministro de fe (notario, Inspección del Trabajo o presidente del sindicato). Sin ratificación, su valor probatorio es limitado.

Reserva de derechos

Si el trabajador no está de acuerdo con algún monto, puede firmar dejando "reserva de derechos" para reclamar después por lo que considere adeudado.

Antes de firmar, revisa los números

Verifica que estén bien calculadas las vacaciones proporcionales y, si corresponde, la indemnización por años de servicio y el aviso previo.

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Información referencial, no asesoría legal. Ante dudas, consulta a la Dirección del Trabajo o a un abogado laboral.

Preguntas frecuentes

¿En cuántos días me deben pagar el finiquito?

El empleador debe ponerlo a disposición dentro de 10 días hábiles desde el término del contrato; el pago puede ser al contado o en cuotas pactadas.

¿Debo firmar el finiquito de inmediato?

No. Puedes revisarlo e incluso firmarlo con reserva de derechos si no estás de acuerdo con algún monto.

¿Dónde se ratifica un finiquito?

Ante un ministro de fe: notario, Inspección del Trabajo o el presidente del sindicato.